Además de confirmar la intervención 2023-24 que los llevó a 614,77 euros este año, según sabemos, podríamos ir más allá dando además de la revalorización respecto a la inflación que debería ser del 1% un nuevo aumento.
Las pensiones de importe igual o inferior al pago mínimo del INPS (598,61 euros) se incrementaron un 2,7% en 2024, hasta 614,77 euros pero esta medida está caducada y debe confirmarse para que no haya vuelta atrás. Pero además de esto podría haber un nuevo minibono.
El aumento de las pensiones mínimas se decidió con la Ley de Presupuestos para 2023 "con carácter transitorio" para 2023 y 2024 y por tanto surge el problema de no reducir los importes de estas prestaciones a partir de 2025.
Sin embargo, parece que se aseguró la indexación total para todos los cheques, frente a una fuerte caída de la inflación (el tipo de interés adquirido en septiembre para el año fue del 1%), después de que en los dos últimos años se hubiera decidido reducir las revaluaciones de los cheques, se decidió un aumento de las provisiones.
Para el aumento de las pensiones mínimas en 2024, el gasto previsto en la Ley de Presupuestos es de 379 millones de euros.
Las medidas Mono Social, Opción Mujer y Cuota 103 (62 años de edad y 41 cotizaciones) deben re-confirmarse con las estrictas normas establecidas para el abandono del trabajo a partir de este año, con el re-cálculo de las cotizaciones.
También en el ámbito de la seguridad social, se está estudiando la adopción de un nuevo semestre de consentimiento tácito para la transferencia de la indemnización por despido a la seguridad social complementaria.
Esto se aplicará no sólo a las nuevas contrataciones sino también a aquellas que ya estén empleadas que, si aún no han aportado la TGF devengada a los fondos y no desean hacerlo, deberán indicarlo explícitamente.
A falta de comunicación, la indemnización por despido deberá ir a la caja de seguridad social de la categoría.
También se sigue discutiendo la posibilidad de que los trabajadores públicos que hayan cumplido 65 años y tengan 42 años y 10 meses de cotización y que por tanto tengan posibilidad de jubilación anticipada (41 y 10 para las mujeres) permanezcan en el trabajo, de forma voluntaria, sin que la administración pueda jubilar a la gente como ocurre ahora.
En la práctica, el sistema público estaría alineado con el del sector privado, según el cual el empleador sólo puede jubilarse a la vejez (67 años) mientras que es el trabajador quien decide jubilarse antes si ha cumplido con los requisitos para la jubilación anticipada.
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